Si has comprado un NFT, te han engañado con los derechos

septiembre 08, 2022 , 0 Comments

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Una buena cantidad de usuarios y empresas en estos instantes se están introduciendo en el comercio de los conocidos como NFT o Non Fungible Tokens. Pero tal y como sucede en tantas ocasiones con la tecnología, no todo es tan bonito ni rentable como lo pintan en un principio.

A lo largo de los últimos tiempos hemos podido ver que estos bienes digitales han comenzado a correr por internet para negociar por múltiples elementos. Uno de los más comunes en este caso se centra en todo aquello relacionado con las imágenes y las obras de arte. De ahí precisamente que tanto usuarios finales como personajes famosos hayan empezado a mercadear con estos elementos y negociar con los mencionados NFT. De hecho, podemos afirmar que muchos han creado sus propios NFT asociados a determinados bienes reales para negociar con los mismos.

Ahora la cuestión es que determinados compradores empiezan a preguntarse acerca de los derechos reales que tienen sobre sus adquisiciones de este tipo. Muchos han comprado imágenes, cromos u obras de arte a través de estos bienes digitales. Os decimos esto porque en estos momentos es importante saber que un comprador de un token no fungible o NFT, no es el dueño del archivo que este representa.

Es más, podríamos decir que los emisores o creadores de estos elementos digitales son los que realmente conservan la propiedad plena de esos derechos. Claro está, son los propios emisores o creadores de estos tokens a los que nos referimos ahora los que confunden a los potenciales compradores. Y es que en un principio dejan entrever la errónea idea de que a partir de la compra el nuevo propietario es el dueño de la obra digitalizada.

No eres el dueño de los derechos en las compras NFT

De ahí precisamente que la afirmación de que los NFT marcarán el comienzo de una nueva era en la propiedad digital y los derechos de propiedad, no es real, de momento. En un principio se esperaba que la denominada como Web3 iba a mejorar todo esto. Pero en realidad la compra de NFT no transmite los derechos de propiedad intelectual de su contenido. De hecho, muchos aseguran que este intercambio de bienes digitales incluye los habituales acuerdos de licencia engañosos y complejos a los que estamos acostumbrados desde hace años.

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A todo ello también le podemos sumar la confusión que generan muchas de las plataformas para el mercadeo de estos elementos que usamos hoy en día, como OpenSea, entre otras. Y es que las mismas no nos proporcionan toda la información necesaria acerca de los convenios que se generan entre las partes, el comprador y el vendedor. En multitud de ocasiones se ha podido ver, leyendo con detenimiento los términos del acuerdo, que estas plataformas se desentienden de todo lo relacionado a los derechos de propiedad intelectual.

Es más, dejan a merced los vendedores aquello que tenga que ver con derechos, licencias, o poderes para los contenidos creados mediante NFT. Por tanto, hay que decir que los rasgos que caracterizan a los NFT vendidos siguen respondiendo al propietario original, el creador de la colección. En resumidas cuentas, el comprador del NFT digamos que alquila ese bien, no lo adquiere en su totalidad.



Fuente: SoftZone https://ift.tt/4ZHYfel Autor: David Onieva